Todas las guías
Complementos de pago (REP)
El CFDI que comprueba el cobro de una factura a crédito (PPD).
- ¿Cuándo tengo que emitir un REP?
- Cuando facturaste con método de pago PPD (pago en parcialidades o diferido) y después recibes el dinero. El SAT pide un comprobante aparte —CFDI tipo P— por cada cobro. Las facturas PUE, que se pagan de contado, no lo necesitan.
- ¿Cómo lo emito?
- Desde la factura PPD, usa Registrar cobro. Verás las facturas con saldo de ese mismo cliente: marcas cuáles cobraste, capturas el monto de cada una y la forma de pago, y se timbra un solo REP por todas. El saldo insoluto se descuenta solo y la factura queda saldada cuando llega a cero.
- ¿Puedo registrar un pago parcial?
- Sí, es justo para lo que sirve. Capturas el monto recibido y el resto queda como saldo pendiente; cada cobro posterior genera otra parcialidad numerada. No puedes registrar más del saldo que queda.
- Se quedó pendiente y no sé si se timbró
- Pasa cuando el PAC no alcanza a respondernos. En ese caso no vuelvas a registrar el cobro: el complemento queda pendiente con el saldo apartado y en el historial de la factura aparece Reintentar. Ese botón recupera el mismo comprobante si alcanzó a timbrarse, o lo emite si no. Registrarlo de nuevo sí generaría dos CFDI por el mismo pago.
Empezar 14 días gratis Sin tarjeta.